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Columnistas

Jubilaciones de la ANSeS: diez preguntas y respuestas sobre los cobros de abril y de los próximos meses

El miércoles próximo comienzan a cobrarse las prestaciones del régimen contributivo, pero los montos liquidados aún no incluyen la suba dispuesta para los haberes ni el bono de hasta $70.000; qué ocurrirá con la garantía del 82% del salario mínimo, cuál será la mejora efectiva en diferentes casos, cómo leer los recibos y qué pasará con los reajuste

El miércoles próximo, 10 de abril, comenzarán a pagarse las jubilaciones y pensiones del sistema contributivo de la ANSeS. Sin embargo, los montos que se percibirán ese día y en los días siguientes no incluirán aún los importes surgidos del aumento de haberes que dispone el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274, ni tampoco el bono de hasta $70.000 para quienes tienen los ingresos más bajos, que fue establecido por decreto de manera tardía, cuando el organismo de la seguridad social ya había hecho las liquidaciones.

El reajuste del haber para quienes cobran el mínimo será de $36.838. Para acceder a ese monto y al bono, que será de $70.000 y solo para quienes no tengan otro ingreso previsional (es decir, un total de $106.838 en esos casos), habrá que esperar, como mínimo, una semana más. Aunque no se dieron precisiones, el director ejecutivo de la ANSeS, Mariano de los Heros, dijo que se está trabajando para pagar esos montos a partir del miércoles 17 de este mes. Lo que se percibirá de forma más inmediata, en los próximos días (dependiendo de la terminación del DNI, entre el miércoles 10 y el martes 23) será un importe bruto de $134.445,3 (en mano serán $131.412), que es el haber mensual cobrado en marzo, sin el refuerzo.

Los jubilados con haberes superiores al mínimo cobrarán entre el 24 y el 30 de abril. Por ahora, las liquidaciones que pueden consultarse en la página de la ANSeS no incluyen el incremento establecido para este mes, de 27,4%, y aún no hay precisiones sobre si para esas fechas de cobro ya estarán integrados los importes surgidos del reajuste; es decir, no se informó oficialmente si para entonces se cobrará el aumento sin demoras (sin desdoblamiento).

1. ¿A qué se refiere el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 274?

La medida del Poder Ejecutivo establece una nueva modalidad para la actualización de las jubilaciones y otras prestaciones sociales, que regirá desde julio. También incluye disposiciones para un período de transición o “empalme”, que se extenderá entre abril y junio. A partir del segundo semestre de este año ya no se usará más la fórmula de la ley 27.609, vigente desde 2021 y que está basada en la variación de la recaudación de impuestos y de salarios. Esa fórmula dispone reajustes trimestrales y prevé un tope anual para las subas, que en 2023 perjudicó fuertemente a los jubilados, en el contexto de una significativa caída de poder adquisitivo que ya se venía acumulando. El cálculo será reemplazado por el uso del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec, y los reajustes serán mensuales y ya no trimestrales.

2. ¿Qué pasará con los haberes previsionales de abril?

Este mes se les aplicará a los haberes un “incremento extraordinario” de 12,5% y al monto resultante se le adicionará el porcentaje equivalente a la inflación de febrero. Eso totaliza un reajuste de 27,4% del haber propiamente dicho (no del ingreso total, que en algunos casos tiene otros componentes, como se explicará más adelante). Según la resolución 62 de la ANSeS, el haber mínimo bruto sube de $134.445,3 a $171.283,31 (en términos netos, de $131.412 a $166.145). Y el haber bruto máximo pasa de $904.689,45 a $1.152.574,47 (neto, de $854.441 a $1.088.558,50). Como ya se explicó, estas subas aún no fueron liquidadas por la ANSeS. La suba de 27,4% corresponde a todos los haberes, sin importar su monto.

3. ¿Qué ocurrirá con los bonos?

Quienes tengan ingresos previsionales de hasta $171.283,31 (el nuevo haber mínimo) recibirán este mes una “ayuda económica” de $70.000. Es el mismo monto que el percibido en marzo. Esto incluye a los jubilados y pensionados del sistema contributivo, y a quienes reciben prestaciones no contributivas.

Quienes tengan un haber de entre $171.283,31 y $241.283,31 recibirán en concepto de este adicional lo necesario para llegar a $241.283,31. Por ejemplo, con un haber de $220.000, el plus será de $21.283,31 (en este grupo están quienes en marzo tuvieron haberes de $134.445,30 a $204.445,30).

Para determinar si alguien cobra bono se considera su ingreso previsional total. Si se tiene una jubilación mínima y también una pensión, no hay refuerzo. Según datos de la Secretaría de Seguridad Social, alrededor del 45% de quienes tienen prestaciones contributivas cobra bonos. Para esos casos, al subir un 27,4% el haber mensual, y al mantenerse el bono en el mismo valor que en marzo, la suba efectiva del ingreso total (haber más bono) es de 18%.

4. ¿Seguirá cobrándose el plus por la garantía del 82% del salario mínimo?

Por una ley aprobada a fines de 2017, las prestaciones obtenidas sin moratoria (es decir, luego de que sus titulares cumplieran con el requisito mínimo de aportes) no pueden ser inferiores al 82% del salario mínimo, vital y móvil (SMVM). En marzo, como el ingreso básico para los trabajadores fue de $202.800, ese haber garantizado resultó de $166.296. Y como el haber mínimo (sin el bono) fue de $134.445, se pagó un suplemento de hasta $31.851 (ese monto correspondió para quienes tienen el mínimo, y fue menor para quienes percibieron un haber algo mayor, sin superar los $166.296). En rigor, en marzo el monto liquidado fue de hasta $51.530, pero porque hubo un retroactivo por febrero (en ese segundo mes del año hubo una suba del SMVM, pero la decisión se tomó cuando ya estaban en curso de pago las jubilaciones y, por eso, el monto correspondiente a la garantía se liquidó después).

Este mes el Gobierno no convocó, al menos por ahora, al consejo tripartito que determina las subas del salario mínimo que, por tanto, sigue en $202.800. Como el haber garantizado por la cláusula del 82% continúa en $166.296, no habrá plus, porque el nuevo haber mínimo es de $171.283,31 (supera el 82% del SMVM). Si en los próximos días se dispone un reajuste del salario mínimo, se les deberá otorgar el monto correspondiente a los jubilados que cuentan con este derecho.

5. ¿Qué aumentos habrá para los haberes en mayo y en junio?

En mayo habrá una suba equivalente a la inflación de marzo que, según se estima, se ubicó entre el 10% y el 13%. En junio el aumento será igual a la variación promedio de precios de abril. Según las proyecciones, en el trimestre de abril a junio se acumularía un alza de alrededor de 60%. Según el DNU 274, el aumento acumulado en los tres meses se comparará con el resultado de la fórmula de la ley 27.609. Si de este cálculo surge un porcentaje superior, se les pagará la diferencia a los jubilados.

6. ¿Y qué pasará desde julio?

Ya no regirá más la fórmula aprobada a fines de 2020, y las subas de las prestaciones serán mensuales y de porcentajes equivalentes a la inflación, siempre considerando el dato de dos meses atrás. En julio se aplicará el IPC de mayo; en agosto el de junio, y así sucesivamente. Eso será así porque, al iniciarse el calendario de pagos de las jubilaciones de un determinado mes, no se conoce aún el dato de inflación del período inmediato anterior.

7. ¿Cómo se actualizarán las pensiones no contributivas?

De igual manera que las contributivas. Según la ANSeS, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será este mes de $137.026,65 (monto al que se sumará el bono de $70.000, con lo cual el ingreso quedará en $207.026,65), y las pensiones no contributivas por vejez o invalidez subirán a $119.898,32 (con el refuerzo, el ingreso total será de $189.898,32).

8. Las medidas, ¿incluyen a los jubilados docentes y de sistemas de la ANSeS con movilidad propia?

No. Los jubilados de los sistemas de docentes y de docentes universitarios seguirán con sus propios índices y con reajustes trimestrales.

9. ¿Cómo saber, leyendo el recibo mensual, qué corresponde al haber propiamente dicho?

Los ítems identificados como PBU, PC, PAP, “haber por reparación histórica” o “complemento al mínimo” son componentes del ingreso mensual que reciben el aumento que, este mes, será de 27,4%. No ocurre lo mismo con el bono establecido para abril por los decretos 268 y 282, ni con el suplemento por la ley 27.426 (garantía del 82% del salario mínimo).

10. ¿Cuánto poder de compra perdieron las jubilaciones?

En el período de 12 meses finalizado en febrero, el valor real de los ingresos cayó 29%, 47% o 44%, dependiendo de la situación frente a los bonos: si se los percibió en todo el período, si se los cobró durante unos meses y luego ya no, o si nunca hubo acceso a ellos. Entre diciembre de 2019 y ese mes de 2023 el deterioro acumulado fue de entre 32,4% y 44,6%.

Silvia Stang

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