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Sociedad

El Fiscal Federal Vehils Ruiz recusó al Juez Federal Argibay en la causa RT Inversiones

En cuanto al pedido de Recusación para el Juez Federal, Sebastián Argibay en la causa RT Inversiones, se trata de una figura que no es para nada extraña y ni es personal, se trata simplemente de un remedio procesal que permite el Código que nos rige en materia procesal, y que tiene que ver con una cuestión de funcionalidad del Juez en la causa, el Art. 55 enumera muchas causas por la cual los jueces deben apartarse. Hay otras causas, que hemos esgrimido, que es el adelanto de opinión y el temor por la falta de parcialidad, que es la característica que tiene que tener un Juez.

Entonces, pasa lo siguiente; el Señor Juez con esta resolución que tomó en el caso de RT Inversiones, la cual, no compartimos para nada, por eso la apelamos, porque creemos que es una posición caprichosa, arbitraría e infundada. Pero, además, tiene un error técnico, que consiste en que, el Sr. Juez considera que el único delito imputado es el de la Intermediación financiera no autorizada, resuelve la acción procesal de los imputados por ese delito, pero pasa que por el delito de los cual se los imputa, y por el cual se defendieron, también es el delito de lavado de activos, y en cuanto a ese delito, el Juez dice que no va, y que es improcedente, dando un fundamento, que no me animaría decir expuesto, que no  llega ni a eso, y no dice nada al respecto de resolver la situación procesal sobre ese delito.

Es decir que los deja en una especie de limbo, no es imputable, pero tampoco le resuelve la situación procesal, a su vez, tenía tres alternativas, o los procesaba, los sobreseía, o les dictaba una falta de méritos. No hizo ninguna de las tres cosas, como según él no tiene procedentes, no tiene ningún sentido que ahora quiera resolver la situación procesal, porque no sabemos qué va a decir, y como es un efecto técnico, no tiene ningún tipo de imparcialidad cuando ya se pronunció y anunció en los medios.

En ese sentido, este planteo será evaluado por la Cámara Penal Federal de Apelaciones de Tucumán, donde el doctor tendrá dos posibilidades, o acepta la recusación o en caso de no aceptarla, tiene que elevar el informe a la Cámara penal de Tucumán y definirán la situación.

En numerosas oportunidades hemos expresado que la gente de RT Inversiones, incurre en los delitos de Instrucción formal, es una intervención financiera no autorizada, que concursa idealmente, con el delito de estafa y lavado de activos, y todos ellos concursan realmente, con el delito de Asociación Ilícita. Es decir, hay un hecho que cae bajo más de una sanción penal, que es el concurso ideal, y que, en caso de haber un concurso ideal entre una Ley de carácter Federal y una de carácter provincial, la Corte y el procurador es de carácter federal.

Por eso, para nosotros la decisión del Juez, no tiene razonamiento posible es completamente arbitraria, y no nos deja de dar también la razón, el pronunciamiento de las autoridades de la provincia, en su momento dijo que no, después el Juez ignora las figuras penales cuando son imprescindible y lo manda a la provincia que vuelve a decir que no.

El Dr. Argibay, optó por la peor opción para los ahorristas. Sin ningún tipo de fundamento atendible, que no compartimos los fiscales.

El Juez en su sentencia dijo que parte de las actividades eran invertidas en criptomonedas, y parte se devolvía en intereses a los ahorristas. Si esto hubiese sido así, como dicen, no hubiese existido la intermediación de financiera no autorizada, que es la captación de los ahorros agravada por la publicidad, pero para que se perfeccione, tiene que haber una inversión. Si lo estamos procesando por la Intervención de financiera, es porque eso existió. Con esa misma base, es incompatible con la figura de lavado, y que sabemos que en el año 2001 se lavaron 3mil millones de dólares a través de las criptomonedas, es un poco presuroso decir que no hay lavado de dinero, se está investigando.

En cuanto al pago de convenios de RT Inversiones pagaron alrededor de cien, hasta el mes de marzo, en estos últimos meses no hubo planificación de devolución. Estuve hablando con algunos ahorristas, y siempre les comunico que la posibilidad de devolver los activos, está en las manos de sus deudores no de la Justicia Federal, que no es garante de ningún tipo de operación ni nada que se le parezca, la justicia está para perseguir delitos, en caso de ser culpables de hacerlos cumplir sus condenas.

Catamarca Fiscal Federal José Juárez Justicia Federal Rafael Vehils Ruiz recusación RT Inversiones S.R.L.

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