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Policiales

Condenan a madre e hijo por trata de personas

Ana Rosa Lencina y su hijo Carlos Humberto Guzmán fueron hallados culpables de los delitos de "“trata de personas por haber acogido personas con fines explotación sexual, agravado por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad”. La condenada se defiende diciendo que su "whiskería" se encontraba habilitada por la Municipalidad de la ciudad de Belén y pagaba todos los impuestos hasta el día de la fecha.

El pasado 5 de junio, el Tribunal Oral Federal (TOF) halló culpables a Ana Rosa Lencina y a su hijo Carlos Humberto Guzmán del delito de “trata de personas por haber acogido personas con fines explotación sexual, agravado por el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad”. Los jueces Enrique Lilljedahl, Juan Carlos Reynaga y Adolfo Raúl Guzmán condenaron a la madre a la pena de siete años de prisión y al hijo a cumplir un castigo de ocho años de cárcel.

De acuerdo con los fundamentos de la sentencia,  los magistrados valoraron el relato de las dos víctimas que fueron rescatadas en junio de 2016 del local Mao-Mao, ubicado en Belén, propiedad de Lencina y Guzmán. “Se deduce claramente que las víctimas se encontraban en un estado de vulnerabilidad absoluta, debido a la situación económica que les tocaba vivir. Además, ambas tenían a cargo hijos y familiares, siendo ellas el único sostén económico para ellos, por lo que no les quedaba otra alternativa que ejercer la prostitución, situación que era aprovechada por los imputados con el objeto de sacar rédito económico”, consideraron.

En este sentido, destacaron el testimonio de la psicóloga Verónica Herrera, quien participó en el operativo. La profesional se encargó de contener a las mujeres. “No desbordaban de felicidad”. La psicóloga indicó que la falta de posibilidades y salidas afectan la autodeterminación, dado que está condicionada y limitada por factores externos ajenos a ellas. “Se encuentran en esta situación, con falta de comida, y encuentran a alguien que les vende una historia. Se ve mucho la carencia social, la dificultad de insertarse, la carencia de recursos económicos y psíquicos. No se dan cuenta de determinadas situaciones y manipulaciones”, explicó.

También se puso énfasis en cómo se obraba dentro del local, dado que se advirtieron claros indicios del aprovechamiento de la vulnerabilidad de las víctimas como así también la limitación a su libertad personal: “Cerrábamos y nos acostábamos en una habitación que estaba dentro del local y vivíamos ahí. Los precios de la copa los ponía el negocio, y los precios de pases también los puso la casa. Comencé a trabajar por necesidad porque no tenía para darles de comer a mis hijos. Una chica me enseñó el oficio, fue por necesidad” dice una de las víctimas.

Para los jueces, correspondía tener en cuenta los relatos. “Estas mujeres habían sido acogidas por Lencina y Guzmán para ser explotadas, aprovechándose de la especial situación de vulnerabilidad que detentaban las víctimas”, resaltaron.

En este sentido, señalaron el testimonio de una mujer dominicana, que fue rescatada en aquella ocasión; no contaba con trabajo por no tener la documentación necesaria y toda su familia se encontraba afuera del país. Otra mujer rescatada había contado que fue diagnostica con esquizofrenia, situación que acreditaba su condición de vulnerabilidad.

“Las víctimas se encontraban en una ciudad que les era ajena y alejada de todo vínculo afectivo, incluidos sus hijos. Estas mujeres vivían en el mismo lugar donde eran explotadas. Se advirtió que Lencina en audiencia de debate, como así también en sus últimas palabras, hizo alusión a que ella creía que estaba bien. “Nadie le fue a decir que estaba haciendo ‘trata de personas’, que su local funcionaba como whiskería y que se encontraba habilitada por la Municipalidad de la ciudad de Belén y pagaba todos los impuestos hasta el día de la fecha”, recordaron.

 

 

 

 

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