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Opinión

La extracción del litio provoca desastre ambiental en Antofagasta de la Sierra

 

El Presidente de la Nación acaba de brindar un discurso lleno de hipocresía y falto de argumentos veraces. En efecto, en tema de política y cambio climático, al brindar su discurso durante su intervención en la Cumbre de Líderes de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP26), hizo afirmaciones falsas que en la Argentina y específicamente en Catamarca no se condicen con la realidad. Proponer el canje de deuda por acción climática es una mentira inconmensurable si se observa el desastre ambiental que se está produciendo en Catamarca para extraer un mineral valioso que prácticamente no deja recursos financieros a las arcas provinciales y sí, a muchos bolsillos.

Se sabe que en el Departamento de Antofagasta de la Sierra, al mismo tiempo que el presidente hacía propuestas descabelladas frente a lideres mundiales, que miraban absortos, los 2000 habitantes de la Villa de Antofagasta de la Sierra esta perdiendo el ultimo recurso que les queda de agua potable, que les asegura la supervivencia, la flora, la fauna, el trabajo y la producción agropecuaria. La explotación minera indiscriminada del litio y la obtención del carbonato de litio tienen un impacto ambiental letal, pues por cada tonelada de litio que se obtiene es necesario utilizar dos millones de litros de agua potable. En éste caso el elegido es el Acueducto del Rio Los Patos, donde ya ha comenzado la mortandad de truchas que fueron sembradas hace más de 100 años (Ver foto).

 

 

Ese dato mata relato. Es la muerte misma, la perdida definitiva del agua potable periglacial implicará la extinción de la flora y de la fauna, en tanto sumirá a los pueblos originarios en una pobreza extrema, mayor aun de la que ya padecen, producto de miles de promesas incumplidas por parte de las autoridades. O de los constantes engaños, como los paneles solares, la conexión de internet, la provisión de leña y combustible, el clientelismo, las dadivas, el manejo de las becas con fines políticos, los fraudes electorales por trashumancia, la impunidad, el nepotismo. Además, privar a la comunidad del agua potable es una grave violación a los derechos humanos, delitos de lesa humanidad, imprescriptibles, que deberán ser juzgados más temprano que tarde.

Desde ésta línea editorial venimos machacando acerca de la falta de consulta a la Comunidad Atacameña del Altiplano, único pueblo con derecho legítimo para oponerse a la utilización del agua para la industrialización del litio. Por otra parte, el gobierno de Catamarca, la ex gobernadora Lucía Corpacci y el actual gobernador, Raúl Jalil han incumplido sistemáticamente con la ley la Ley N° 24.071, sancionada el 4 de marzo de 1992 y promulgada el 7 de abril de 1992 (publicación B.O. 10/4/92). El Poder Ejecutivo dictó el instrumento de ratificación el 17 de abril del 2000, y depositó dicho instrumento en la OIT el 3 de julio de ese año. Nadie puede alegar su propia torpeza ni ignorancia de la ley. Cuando un gobernante no cumple la ley incurre en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario.

Actualmente llegan noticias de que el desastre ambiental ha comenzado a producirse, Livent, y las subsidiarias Galaxy, Posco y todas las empresas mineras cuya explotación ha sido autorizada por la provincia de Catamarca en connivencia con los sucesivos gobiernos han comenzado a desviar el cauce del último rio de agua potable que queda en el departamento, ya que el Rio Trapiche ya fue secado, así como su vega. Además, la minera vierte efluentes  peligrosos napas abajo y ya provocado numerosas contaminaciones de la napas provocando serio problemas de salud a la población. Las piletas inauguradas por Raúl Jalil resultaron ser un fiasco, similar a la planta de paneles solares inaugurada por Lucia Corpacci que sólo funcionó un día.

El Rio Los Patos atraviesa dos provincias, Salta y Catamarca (El Salar del Hombre Muerto). En ese sentido, existe jurisprudencia en materia Penal Federal que indica que el vertido de agua peligrosas entre provincias es un delito federal tipificado en la Ley 24.051. En consecuencia y tratándose de un delito de Acción Pública, la Justicia Federal o el Ministerio Público, deberían actuar de oficio.

Los artículos 1° y 2° de la citada ley son claros al respecto ": La generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos quedarán sujetos a las disposiciones de la presente ley, cuando se tratare de residuos generados o ubicados en lugares sometidos a jurisdicción nacional o, aunque ubicados en territorio de una provincia estuvieren destinados al transporte fuera de ella, o cuando, a criterio de la autoridad de aplicación, dichos residuos pudieren afectar a las personas o el ambiente más allá de la frontera de la provincia en que se hubiesen generado, o cuando las medidas higiénicas o de seguridad que a su respecto fuere conveniente disponer, tuvieren una repercusión económica sensible tal, que tornare aconsejable uniformarlas en todo el territorio de la Nación, a fin de garantizar la efectiva competencia de las empresas que debieran soportar la carga de dichas medidas. 2°: Será considerado peligroso, a os efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.

La Comunidad Atacameña del Altiplano debe formular querella penal contra los responsables de la explotación minera del litio y contra las autoridades gubernamentales de Salta y Catamarca. Seguir intentando frenar la explotación del litio que usa indiscriminadamente el agua potable, destruyendo el medio ambiente, generando líquidos peligrosos, a través de remedios procesales inconducentes, es una perdida de tiempo.

Esta visto que el ultimo Recurso de Amparo presentado hace poco tiempo por la Comunidad Atacameña del Altiplano, ha caído en saco roto y pareciera ser que ha sido ex profeso que ello ocurriera. El expediente duerme en algún cajón de la Justicia Federal Civil de Catamarca. Todo cierra. Presentan un Recurso de Amparo, piden la paralización del procedimiento y no prospera; en simultáneo desvían el curso de las aguas del Acueducto del Rio Los Patos, ¡Oh casualidad! La Comunidad espera por la Justicia, que nunca llegará y el poder y las empresas actúan sobre la comunidad destruyendo el Medio Ambiente impunemente. Y el presidente ofrece acciones climáticas a cambio de deuda. Una patraña. Reiteramos, por cada tonelada de litio se necesitan dos millones de litros de agua potable y desviar un rio sin autorización es delito.

El gobernador Jalil podría haber incurrido en incumplimiento de los deberes de funcionario al firmar un decreto autorizando la utilización del Acueducto del Rio Los Patos y por supuesto el desvió. Se trata de un Delito Ambiental desviar cursos de agua de la República. Además de no cumplir con la consulta de la disposición 169 de la OIT ratificada por el Congreso Nacional.

Saquen sus conclusiones.

 

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