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Política

Proyecto del bloque UCR para unificación de los ministerios de educación y ciencia

Concretamente y como objetivo primigenio, el proyecto expresa el objetivo planteado: Modificar el inciso 9) del artículo 1 de la ley de Ministerios de la Provincia de Catamarca número 5635, el que en caso de aprobarse quedaría redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 1°.- El Despacho de la gestión administrativa del Poder Ejecutivo, estará a cargo de los siguientes Ministerios: Inciso 9) De Educación, Ciencia e Innovación Tecnológica".

Entre los fundamentos del proyecto se destacan algunos conceptos que es preciso puntualizar, ya que la unión que se propone implica necesariamente la reforma de la ley de ministerios, que fue recientemente sancionada, "en los albores de la gestión actual" reza  uno de sus párrafos.

Y a continuación se refiere a los motivos de la propuesta indicados en "a la necesidad de ofrecer una alternativa que evite la separación de  la estructura orgánica del sistema educativo en la provincia de Catamarca,  en sus diferentes niveles y modalidades  instaurados con la sanción de Leyes Nacionales como la  26206 de Educación Nacional, que entre otras normas sancionadas con el consenso de las diferentes fuerzas políticas, se dictaron a fines de estructurar un andamiaje para sostener la unidad del sistema educativo, sus niveles y modalidades.  (Ley 5381, artículos 16 y 17 y concordantes)"

Entre otros conceptos, recuerdan que el bloque acompañó "la sanción de la mencionada Ley de Ministerios 5635, con el ánimo de colaborar con la conformación del nuevo gobierno, ley que en su  artículo 2° faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las misiones y funciones, ámbitos de competencia y estructuras orgánicas de los Ministerios." Luego afirma el límite, expresando que "... bajo ningún aspecto  facultó al Poder Ejecutivo Provincial para avanzar con  el traspaso por decreto  de competencias propias del Ministerio de Educación, al flamante Ministerio de Ciencia e Innovación Tecnológica, so pena de vulnerar expresamente la ley de educación de Catamarca 5381, como ha sucedido con las disposiciones contenidas en los decretos 025/19 y 026/19 dictados para establecer las estructuras orgánicas respectivas". Que refleja el cuidado de la calidad institucional que desde siempre hace la UCR, con todo lo que tenga que ver con la calidad institucional de la organización administrativa.

Ello es así porque "se advierte que en el artículo 5º suprimió  del organigrama correspondiente a  la modalidad de Educación Técnico Profesional, creada como tal por la ley 5381", en tanto que "... el dictado del Decreto 026/19, el Poder Ejecutivo Provincial incorporó a la estructura orgánica del nuevo ministerio de Ciencia e Innovación Tecnológica ya no solamente  la Educación Técnico Profesional sino también el nivel de Educación Superior, también creado como tal por la ley 5381".

A mayor abundamiento expresan que "... ningún decreto disponer cuáles serán las  estructuras, las atribuciones y las funciones creadas por la Ley de Educación Provincial que van a permanecer en sus jurisdicciones originarias y cuáles serán asignadas a otras carteras ministeriales".

En el párrafo siguiente se advierte otra cuestión no menor cuando se afirma "... que los  citados Decretos Acuerdo del Poder Ejecutivo Provincial vulneran disposiciones de la ley Provincial de Educación 5381  que regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender en el territorio de la Provincia de Catamarca y define a la  educación y el conocimiento como bienes públicos cuyo un bien acceso constituye  un derecho humano, garantizados por el Estado Provincial.

Respecto de la iniciativa del gobierno, indica que "...con la modificación que impulsa el gobierno provincial y el traspaso de competencias al Ministerio de Ciencia e Innovación del nivel secundario correspondiente a la modalidad Técnico profesional, este nivel educativo deberá reportarse a  dos Ministerios diferentes, según se trate de educación secundaria de ciclo orientado diversificado de 6 años de duración o de la aludida  modalidad Técnico Profesional de 7 años de duración. (ver artículos 31 y 35 de la ley 5381) .

Luego de otras apretadas consideraciones que obran en el escrito de presentación, los fundamentos concluyen con un resumen que se transcribe en forma literal:  "Por ello,  proponemos esta iniciativa legislativa para que en el marco de nuestras competencias, contribuyamos a  restituir la vigencia plena de  la estructura organizativa que consagró  la unidad del sistema educativo provincial, mediante la unificación de los Ministerios de Educación y Ciencia e Innovación Tecnológica para garantizar su unidad y cohesión   desde el nivel inicial hasta el nivel superior, devolviendo en el logro de este objetivo sus responsabilidades plenas exclusivas y excluyentes según toda la normativa vigente, al Ministerio de Educación de Catamarca."

 

 

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