Dicha cobertura se enmarcará dentro de las características de la afiliación particular, con todos sus derechos y obligaciones.
Cabe señalar que la afiliación particular consiste en que el afiliado puede acceder a todas las prestaciones de la Obra Social debiendo abonar una cuota societaria todos los meses.
Esta afiliación es diferente a la de un titular y su grupo familiar quien, por ser empleado público, municipal, docente o pertenecer a la Policía, recibe el descuento correspondiente en sus haberes mensuales.
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